Comentado en entrega previa el procesamiento o trámite del decreto interpretativo aprobado el jueves 10 de marzo por la Cámara de Diputados (y que el Senado no pudo aprobar anoche) toca hoy estudiar el fondo o sustancia del asunto.
Primero hay que tener presente que el decreto “requiere” del poder legislativo la interpretación de tres cosas: el concepto de propaganda gubernamental; la obligación de las personas servidoras públicas para aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad; y las sanciones aplicables a dichas personas, todas conforme a la Ley general electoral y a la Ley federal de revocación de mandato.
