La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó embargar la subcuenta de retiro de las Afores, pero sólo en casos para pagar pensiones alimenticias de menores de edad cuando el titular de la cuenta esté desempleado y no tenga otros recursos.
La Primera Sala de la Corte analizó si la prohibición de embargo a que alude el párrafo tercero del artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, debe prevalecer frente al interés superior de la infancia y su derecho a recibir alimentos.
