Los acusados por delitos fiscales, como defraudación, contrabando o uso de facturas falsas, ya no podrán ser sujetos a prisión preventiva oficiosa (PPO), luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que estos tipos penales no atentan contra la seguridad nacional ni constituyen delincuencia organizada, por lo cual no se justifica aplicarles dicha medida preventiva.
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Elimina la Suprema Corte la prisión preventiva oficiosa a delitos fiscales
