Hoy se publica el decreto de la reforma judicial que prevé acciones inmediatas para su ejecución.
En su octavo artículo transitorio, el decreto dispone un plazo de noventa días naturales a partir de su entrada en vigor para realizar las adecuaciones necesarias a leyes federales. “Entre tanto —sostiene—, se aplicarán en lo conducente de manera directa las disposiciones constitucionales en la materia”.
