Durante el siglo XX, predominó en el sistema jurídico mexicano el desfase del contenido de las leyes con nuestra Constitución. El sólo hecho de haberse aprobado por el Congreso las hacía válidas. Hacia finales de los años 80 ese paradigma (“positivista”) se fue sustituyendo en el mundo (“occidental”) por el paradigma constitucional, que ha girado alrededor de la realización del sistema democrático representativo y de la garantía de los derechos humanos.
Los límites de la interpretación judicial – Lenia Batres
